El Presidente de una comunidad, ante las quejas de un gran numero de vecinos por las actividades molestas que realiza el dueño de un piso, decide interponer una demanda contra el, ¿Es correcto su proceder?
No, no lo es porque por desconocimiento o mal asesoramiento no ha actuado conforme a ley, el Articulo 7,2 LPH establece claramente los requisitos previos Más información