
No, siempre que estén exentos del pago de los gastos de mantenimiento del ascensor porque así se acuerde y si así se determine en los estatutos de la comunidad, no debiendo participar de los mismos.
No, siempre que estén exentos del pago de los gastos de mantenimiento del ascensor porque así se acuerde y si así se determine en los estatutos de la comunidad, no debiendo participar de los mismos.